sábado, 21 de septiembre de 2013

El Cobro de Alquileres y el mito del “me declaro insolvente”

Con bastante frecuencia se escucha a gente que tiene algún tipo de deuda o compromiso y por alguna razón no puede cumplir, decir algo así como “de última me declaro insolvente”.
…Como si fuera una solución casi mágica.
Lo primero que hay que decir respecto a esto, aunque suene muy evidente, es que una persona no “se declara” solvente o insolvente; una persona “es” solvente o insolvente.

En mi opinión, esta creencia de poder zafar de las obligaciones con una simple “declaración” obedece algo a la ignorancia jurídica y mucho a cierta tendencia a no cumplir las obligaciones asumidas.
Dicho de otro modo, “elegir” entre “declararse” solvente o insolvente sería lo mismo que “elegir” cumplir o incumplir una obligación.
En cualquier caso, hay que aclarar también que la insolvencia de una persona no “limpia” las deudas, como a veces parecieran creer algunas personas (“me declaro insolvente y listo”, como si el “…y listo” significara que el acreedor no puede reclamar más y ya no hay de que preocuparse).
Muy por el contrario, las deudas se mantienen intactas, con intereses corriendo y gastos y honorarios que se pueden ir generando.
Frente a la insolvencia de un deudor, el acreedor puede pedir una inhibición general de bienes, que es una medida judicial que impide vender. La inhibición se ordena por cinco años pero puede ser renovada indefinidamente.
Y así como una persona solvente puede dejar de serlo, puede ocurrir lo contrario y una persona insolvente mejorar su patrimonio por alguna de las vicisitudes de la vida (cobró una indemnización en un juicio, una herencia, consiguió un buen trabajo, puso un negocio que anda bien, etc.).
Eso explica por qué mucha gente se entera de que tiene una inhibición cuando va a hacer algún trámite (pedir un crédito o una tarjeta, inscribir un auto, salir de garantía, etc.) y muchas veces pregunta “¿cómo puedo estar inhibido por una deuda tan vieja”?, frente a lo cual salta la respuesta obvia: “porque no la pagó”.
Una última y fundamental aclaración respecto a la insolvencia: no es un delito.
Muchas veces he escuchado a deudores llenos de culpa preguntar si podían ir presos por no poder pagar y la respuesta es un atronador NO.
Grábense bien esta frase: No existe la prisión por deudas.
Ni aquí ni en ningún país democrático del mundo.
Aunque este artículo es bastante esquemático y está expuesto a trazos gruesos, mi intención hoy era resaltar lo erróneo de la popular de “declararse insolvente” y destacar una vez más, como cada vez que puedo, la enorme importancia que tiene la responsabilidad individual y la conciencia de que las obligaciones están para ser cumplidas.

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